A partir de herramientas GIS-Teledetección se logró
calcular la superficie cultivada por parcela, diferenciando entre cultivos de
invierno y cultivos de verano. Se estimó un rendimiento cualitativo de los
cultivos y se los ranqueó en Excelente (E), Bueno (B) y Regular (R).
Señor contribuyente, no asuma riesgo innecesario,
cumpla con las obligaciones fiscales a su cargo, tenga presente que con la
ayuda de estas nuevas tecnologías de la información (imágenes satelitales,
cruces de bases de datos multidimensionales y sistemas de
georreferenciamiento), estamos en condiciones de saber si inmuebles de su
titularidad fueron objeto de explotación agrícola (rendimiento), circunstancia
esta que nos hace presumir ejercicio de actividad gravada en los términos del
Art. 156 del Código Fiscal (T.O. 2004 y modif.) con la consecuente obligación
de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
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