Los Jubilados y Pensionados propietarios de inmuebles pertenecientes a la planta urbana edificada podrán tramitar la exención por medio del procedimiento que se describe a continuación.
Importante:
- Para acceder a estos trámites en línea deberás contar con Clave de Identificación Tributaria (CIT).
Obtenela aquí. - Los datos consignados en la solicitud revisten el carácter de Declaración Jurada.