Catastro y Geodesia

PH Decreto 947






Descripción

Permite registrar las modificaciones realizadas sobre el estado constructivo y/o actualizar superficie edificada de una Unidad Funcional o Complementaria.

 

Turnos sólo para Profesionales, Gestores y Organismos

Presencial
Con turno

Requisitos

  • Tener el Plano de Obra Aprobado por el Municipio respectivo. En caso de no presentar modificación en planta urbana no será necesario.
  • El profesional debe estar empadronado, activo y no inhabilitado (sin sanciones) por el colegio correspondiente.

Documentación

RECORDÁ confeccionar el Comprobante informativo en el Sistema de Información Catastral.
  • Documento único o Pasaporte (sólo Extranjeros).
  • Comprobante Informativo.
  • Nota de solicitud por Decreto 947.
  • Plano de obra aprobado (intervenido por el respectivo municipio).
  • Certificación municipal de las obras de infraestructura (si correspondiere country o barrio cerrado).
  • Actuación notarial (de la que surja en forma fehaciente la facultad de los titulares de dominio o administrador del barrio cerrado para gestionar la actualización que se pretende realizar). En caso de actualización Planta urbana: con sólo el consentimiento de uno de los titulares es suficiente.
  • Plano de Mensura Decreto 947 (una copia en poliéster, de actualización de la edificación y estado constructivo de la unidad funcional, con tres copias enteladas y 4 copias simples que el presentante considere pertinente).
  • Informe de Dominio.
  • Cédula Decreto 947 (una (1) original en cartulina y una (1) copia simple).
  • Formularios de Avalúo (A901/907 y 903/904/905, según corresponda) en original y copia.
  • Copia del plano visada (por el Colegio de ingenieros o Caja de Agrimensores) o constancia de visado digital correspondiente al profesional interviniente (Constancia de control arancelario).
  • Plano de Propiedad Horizontal Antecedente (opcional).

Tené en cuenta que

  • El trámite tiene costo.
  • Importante
    Es de aplicación para:
    1. Countries y barrios cerrados según Decreto 947/04.
    2. Planta urbana según Resolución Normativa 63/14.
    Profesional: En caso de trámite devuelto recordá que la liberación del visado profesional se realiza en el momento de la entrega de la documentación.
    Organismo: Accedé a incumbencias por organismo para consultar el detalle de los trámites en los que tienen injerencia los organismos.
    Incumbencia Catastral
    • Agrimensores
    • Ingenieros con Incumbencia en la Agrimensura

¿Quién puede presentar el trámite?

Profesional habilitado a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo correspondiente.

Profesional habilitado a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo correspondiente.

Persona habilitada a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo o un tercero correspondiente.

Persona que actúa en nombre de otra persona (Humana) - Profesional - en virtud de la facultad que esta le confiere.

Persona que actúa en nombre de otra persona (Juridica) - Organismo - en virtud de la facultad que esta le confiere.

Pasos a seguir Presencial

  1. Generar el Comprobante Informativo de la siguiente manera:
    • Acceder al "Sistema de Información Catastral".
    • Ingresá CUIT y Clave Fiscal, y presioná "Ingresar".
    • Ingresá al menú "Comprobante Informativo", luego "Generar" y luego "Nuevo".
    • Seleccioná el trámite a realizar.
    • Completó los datos requeridos
    • Presioná "Aceptar".
  2. Concurrí a cualquiera de los Centros de Servicio Local habilitados con Mesa de Atención Presencial de Catastro (MAP), previa reserva de turno por medio del botón "Solicitá turno", con la documentación solicitada en "Requisitos" para ingresar el trámite. Finalizado el mismo, te entregaremos una oblea como constancia. Podrás realizar el seguimiento del trámite desde el "Sistema de Información Catastral".
  3. En caso de que el trámite haya tenido alguna observación se podrá descargar el motivo de rechazo a fin de subsanar el error y volverlo a ingresar.
    Nota: recordá que, en caso de estar rechazado, para volver a ingresar el trámite deberás previamente retirar el rechazado en la MAP donde lo ingresaste o en el casillero correspondiente.

Normativas

Última actualización

24/01/2024