Catastro y Geodesia

Certificado de Subsistencia del Estado Parcelario






Descripción

Permite verificar la continuidad de la situación relevada en el Estado Parcelario.
Superadas las vigencias de éste último, su subsistencia se prolonga de acuerdo al tiempo estipulado para cada una de las características catastrales de la parcela.

Vía web

Requisitos

  • Tener el Estado Parcelario o Registración de Plano con vigencia vencida. Podes consultar la vigencia de un Estado Parcelario.
  • El profesional deberá obligatoriamente ingresarlo vía web. Para ello, deberá estar empadronado, activo y no inhabilitado (sin sanciones) por el colegio correspondiente.

Tené en cuenta que

  • El trámite tiene costo.
  • Requiere CIT

    Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"

  • Importante
    La vigencia del estado parcelario de las parcelas que contengan edificios sometidos al régimen de Propiedad Horizontal, se mantendrá mientras subsistan los elementos esenciales de las mismas.
    Profesional: En caso de trámite devuelto recordá que la liberación del visado profesional se realiza en el momento de la entrega de la documentación.
    Organismo: Accedé a Incumbencias por organismo para consultar el detalle de los trámites, en los que tienen injerencia los organismos.
    Incumbencia Catastral
    • Agrimensores
    • Ingenieros con Incumbencia en la Agrimensura

¿Quién puede presentar el trámite?

Profesional habilitado a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo correspondiente.

Profesional habilitado a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo correspondiente.

Persona que actúa en nombre de otra persona (Humana) - Profesional - en virtud de la facultad que esta le confiere.

Persona que actúa en nombre de otra persona (Juridica) - Organismo - en virtud de la facultad que esta le confiere.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná en el botón de "Iniciar trámite" o ingresar en el “Sistema de Información Catastral”.
  2. Ingresá tu CUIT/CUIL/CDI y Clave de Identificación Tributaria (CIT) y presioná “Ingresar”.
    Recordá que deberás contar con fondo en la cuenta corriente. Podes consultar el "instructivo para el Ingreso de Fondos".
  3. En el menú “Ingresar Trámite” seleccioná la opción “de Registración” y luego el trámite a realizar.
  4. Completá los datos requeridos por el sistema y para confirmar el trámite presioná “Aceptar”.
  5. Para consultar el estado del trámite ingresá al “Menú por Impuesto”, seleccioná “Catastro”, luego “Consultas de Catastro” y la opción “Verificación del Estado del trámite”.
  6. Una vez que esté Finalizado o Devuelto, ingresá por la opción de “Sistema de Información Catastral”, en “Consulta Trámite” y luego en “Inf. Final – Archivo Ad”. Allí pordrás descargar la constancia del trámite o bien obtener los motivos por los que te fue devuelto, respectivamente.

Normativas

Última actualización

27/11/2023