Automotores
Permite solicitar la afectación de camiones, camionetas, pick-ups, jeeps o furgones al desarrollo de actividades económicas que requieran la utilización de los mismos, para la aplicación del beneficio en el Impuesto a los Automotores que se estipula por Resolución Normativa N° 54/14 y sus modificatorias, cuando dicha afectación no fuera otorgada automáticamente por los procesos previstos a tal fin. Si estás adherido al Régimen Simplificado deberás ingresar el reclamo presionando Reclamo Beneficio Automotor por Actividad IIBB(RN 54/14).
Persona que posee un derecho de propiedad sobre un bien.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.
Artículos 34, 228.
Artículo 43, inciso B).
Camiones, camionetas, pick ups, jeeps y furgones, comprendidos en su inciso B), por los que no se acredite afectación al desarrollo de actividades económicas que requieran su utilización. Liquidación del impuesto por las disposiciones del inciso A)
Modificación - Resolución Normativa Nº 54/14.
Impuesto a los Automotores. Sustitución del Anexo Único de la Resolución Normativa N° 54/14 y modificatoria
Modificar el Anexo Único de la Resolución Normativa N° 54/14 y modificatorias
12/03/2024