Ingresos Brutos

Reclamo por disconformidad de Alícuota






Descripción

Permite realizar el reclamo por disconformidad de Alícuota ante los siguientes motivos:

  • Categoría de Riesgo no acorde a la conducta fiscal.
  • Expediente de exención iniciado por Código Fiscal.
  • Expediente de exención iniciado por Ley / Decreto / Otros.
  • Exención total no gravada.
  • CM 02 No Grabado. Cese en jurisdicción 902.
  • Artículo 160 inciso G Actividad de Cooperativas No alcanzadas.
  • Exento Parcial con Base Imponible mayor al 30% del total.
  • Acopiadores / Consignatarios.
  • Mayorista tabaco - base diferencial.
  • Ley 11.769 Energía Eléctrica.
  • Sujetos comprendidos en el Artículo 406 Disposición Normativa Serie "B" Nº 01/2004.
  • Exclusión régimen general de percepción posterior emisión del padrón vigente.
  • Exclusión régimen general de retención posterior emisión del padrón vigente.
  • Exclusión régimen general de percepción / retención posterior emisión del padrón vigente.
  • Sujetos: Ley Provincial N° 13.506 – Ley Provincial N° 24.065 – Ley Provincial N° 11.769 c/ CIT.
  • Persona contribuyente con alta posterior a la generación de padrones.
  • Categoría de Riesgo por Levantamiento de embargo sobre cuentas bancarias.
  • Categoría de Riesgo por incumplimiento Artículos 544 y 545 Disposición Normativa Serie "B" Nº 01/2004 y modificatorias.
  • Adherido al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Vía web

Requisitos

  • Poseer Clave de Identificación Tributaria (CIT) u obtenerla (Ver trámite de "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)").
  • Encontrarse inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en esta jurisdicción.
  • Haber presentado las declaraciones juradas exigibles del impuesto correspondientes a los doce (12) meses anteriores a la fecha en la que se presente la solicitud.
  • Registrar saldo a favor en el impuesto en el período comprendido por los tres (3) meses vencidos al mes anterior de la solicitud, conforme surja del análisis conjunto de las declaraciones juradas presentadas por el contribuyente y las retenciones y/o percepciones informadas por los agentes de recaudación.
  • No registrar deuda en proceso de ejecución judicial proveniente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, ya sea como contribuyente o de agente de recaudación de ese tributo, pendiente de cancelación o regularización.

Tené en cuenta que

  • El trámite NO tiene costo
  • Requiere CIT

    Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"

  • Importante
    Una vez presentado el requerimiento, la Agencia podrá solicitar más información o documentación adicional.
    No obstante ello, se podrán efectuar nuevas solicitudes para los casos en que se verifiquen las condiciones y requisitos previstos.

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona obligada al pago del impuesto.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná el botón "Iniciar trámite".
  2. Ingresá CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT) y presioná "Ingresar".
  3. En la lista desplegable "Régimen de Recaudación por sujetos" seleccioná "Reclamos".
  4. Ingresá a "Reclamos disconformidad Alícuota" y seleccioná el padrón que corresponda; luego ingresá el motivo de reclamo y presioná "Aceptar".

    Al ingresar a "Reimpresión de Certificados" podrás reimprimir el certificado con la alícuota que corresponda.

Normativas

  • Resolución Normativa N° 64/10

    Regímenes de Recaudación. Saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Nuevo sistema de reducción y atenuación de alícuotas. Disconformidad con alícuotas de recaudación y/o categoría de riesgo asignadas.

  • Resolución Normativa N° 13/24

    Establecer la nueva reglamentación de las Categorías representativas de los distintos niveles de Riesgo Fiscal en las que se incluirán a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y modificar las Resoluciones Normativas N° 64/2010 y modificatorias y N° 2/2013 y modificatorias, y “Categoría Representativa del Riesgo Fiscal. Ingresos Brutos. Resolución Normativa N° 32/2016. Derogación

  • Resolución Normativa N° 26/25

    Modificación al sistema de morigeración de alícuotas reglamentado en la Resolución Normativa N° 64/2010. Ampliación del alcance.

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Última actualización

09/09/2025