Reclamo por correo volver
 
 
Sr. contribuyente tenga en cuenta que el reclamo formulado, por cualquiera de los canales establecidos, no tiene, en ningún caso, el carácter de recurso administrativo ni paraliza, suspende o interrumpe los plazos establecidos en las normas vigentes para interponerlos, previstos, entre otras, por el Código Fiscal, Ley de Procedimiento Administrativo, Código de Procedimiento en lo Contencioso Administrativo, en lo Civil y Comercial, en lo Penal y Ley del Tribunal Fiscal de Apelación.

Si usted desea contactarse vía correo deberá enviar su carta a la siguiente dirección:

Arba (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires)
Defensa del Contribuyente.
Calle 7 e/ 45 y 46 Hall Central PB.   La Plata (1900).