FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Nuestras funciones y atribuciones serán fundamentalmente, en esta
primera fase, la recepción e impulso hasta su resolución
de reclamos de los contribuyentes formulados sobre la base de alguna actuación
de la Administración Tributaria, promoviendo a partir de la presentación
del afectado contribuyente y a través del Organismo competente
la solución del problema, generando a su turno, si lo considera
conveniente, las propuestas o recomendaciones de modificación de
los procedimientos o normas necesarias.
En esta primera etapa se dará prioridad a la atención de los siguientes
casos de particular relevancia, en los cuales las disposiciones vigentes
o los comportamientos de la Administración Tributaria generan dificultades
o complejidades a los contribuyente; para ver los motivos
posibles y sus explicaciones
haga
click aquí
| Señor
Contribuyente:
Es de suma importancia que tenga en cuenta que el reclamo formulado,
por cualquiera de los canales establecidos, no tiene, en ningún
caso, el carácter de recurso administrativo ni paraliza,
suspende o interrumpe los plazos establecidos en las normas vigentes
para interponerlos, previstos, entre otras, por el Código
Fiscal, Ley de Procedimiento Administrativo, Código de
Procedimiento en lo Contencioso Administrativo, en lo Civil y
Comercial, en lo Penal y Ley del Tribunal Fiscal de Apelación. |
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