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FUNCIONES Y ATRIBUCIONES

Nuestras funciones y atribuciones serán fundamentalmente, en esta primera fase, la recepción e impulso hasta su resolución de reclamos de los contribuyentes formulados sobre la base de alguna actuación de la Administración Tributaria, promoviendo a partir de la presentación del afectado contribuyente y a través del Organismo competente la solución del problema, generando a su turno, si lo considera conveniente, las propuestas o recomendaciones de modificación de los procedimientos o normas necesarias.

En esta primera etapa se dará prioridad a la atención de los siguientes casos de particular relevancia, en los cuales las disposiciones vigentes o los comportamientos de la Administración Tributaria generan dificultades o complejidades a los contribuyente; para ver los motivos posibles y sus explicaciones
haga click aquí


Señor Contribuyente:
Es de suma importancia que tenga en cuenta que el reclamo formulado, por cualquiera de los canales establecidos, no tiene, en ningún caso, el carácter de recurso administrativo ni paraliza, suspende o interrumpe los plazos establecidos en las normas vigentes para interponerlos, previstos, entre otras, por el Código Fiscal, Ley de Procedimiento Administrativo, Código de Procedimiento en lo Contencioso Administrativo, en lo Civil y Comercial, en lo Penal y Ley del Tribunal Fiscal de Apelación.