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El impuesto de sellos es un tributo de alcance local,
cada provincia lo legisla en su código fiscal, y grava los actos, contratos y operaciones de
carácter oneroso formalizados dentro de la jurisdicción provincial.
Por ende, el instrumento debe tener las siguientes características
para estar alcanzado por el impuesto:
- Onerosidad: debe existir un precio o una contraprestación.
- Instrumentación: los actos, contratos y operaciones
deben estar formalizados en instrumentos públicos o privados.
- Territorialidad: deben estar celebrados dentro de la provincia de Buenos
Aires, deben causar efectos sobre la misma.
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