Sellos / Escribanos volver

 
Descripción
Los escribanos o notarios son los encargados de recaudar el impuesto de sellos e inmobiliario y depositarlo en Arba.
Actúan como intermediarios entre este Organismo Fiscal y el contribuyente en el cumplimiento del pago del impuesto por la celebración de escrituras públicas


Inscripción de escribanos en Arba
El requisito de inscripción de los escribanos públicos, queda cumplido con la apertura del legajo. Esta se produce cuando el escribano se presenta en el Departamento Sellos y Transmisión Gratuita de Bienes, perteneciente a la Agencia, registra su firma y presenta la resolución por la cual se lo designa para actuar en un registro notarial.


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Recuerde que los plazos son quincenales, la primera vence el 26 del mismo mes y la segunda quincena el 12 del mes siguiente.


Aplicativos
SiPrEsBa vigente desde 08/02/2013: Versión 5 Release 13

Importante
Si posee Windows 7 o Windows Vista, lea las siguientes instrucciones.


Créditos

Registración