Agentes de Información / Transacciones electrónicas volver
 
 
 
Descripción del régimen

Las organizaciones que administren medios de pago electrónicos como tarjetas de débito o de crédito serán nombrados por Arba como agentes de información.
Sus obligaciones como agentes de información son la presentación de las Declaraciones Juradas mensuales y, en caso de corresponder,  el pago de multas según lo determine la autoridad de aplicación.


Marco normativo del Régimen de Información

Artículo 31 del Código Fiscal (T.O. 2004)
Disposición Normativa Serie "B" N° 15/06
Disposición Normativa Serie "B" N° 25/06
Calendarios fiscales anteriores